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Legislación ambiental

Los ODS

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (2015-2030) también conocidos por sus siglas ODS son una iniciativa impulsada por la ONU para dar continuidad a la agenda de desarrollo tras los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM).

Son 17 objetivos y 169 metas propuestos como continuación de los ODM incluyendo nuevas esferas como el cambio climático, la desigualdad económica, la innovación, el consumo sostenible y la paz y la justicia, entre otras prioridades.

Tras un proceso de negociación sobre los ODS que involucró a 193 estados miembros de la ONU, el 25 septiembre de 2015, los 193 líderes mundiales aprobaron en una cumbre celebrada en Nueva York en reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General una Agenda que lleva por título “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible” y que entró en vigor el 1 de enero de 2016.

“Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”

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Legislación ambiental en México

La legislación ambiental (derecho ambiental) es un complejo conjunto de tratados, convenios, estatutos, leyes, reglamentos, que de manera muy amplia, funcionan para regular la interacción de la humanidad y el resto de los componentes biofísicos o el medio ambiente natural, con el fin de reducir los impactos de la actividad humana, tanto en el medio natural y en la humanidad misma.

Se divide en 3 áreas principales:

Jerarquía de legislación ambiental en México

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CPEUM

Garantía de un medio ambiente sano

Según el articulo 4to párrafo 5to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y el estado debe garantizar este derecho. El daño y deterioro ambiental generara responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico

Articulo 4to párrafo 6to de la CPEUM.

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección del Medio Ambiente (LGEEPA)

La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la CPEUM que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar, definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación, preservar, la restauración y el mejoramiento del ambiente y la biodiversidad; administración de las áreas naturales protegidas; el aprovechamiento sustentable, la preservación y, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, la prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;

Establece medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de l as disposiciones que de ella se deriven, a sí como para la imposición de las sanciones administrativas y p enales que correspondan. En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en otras leyes relacionadas con las materias que regula este ordenamiento.

Principales leyes ambientales vigentes en México (03/11/2020)

Principales organizaciones medioambientales de México (civiles)